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Circular 2026.16 - Músicos y organistas - Disciplina requerida en la función (Ref. a la Circular Nº 252/2026 de 05/04/2026 RGE Brasil)

Circular - Músicos y organistas - Disciplina requerida en la función (Ref. a la Circular Nº 252/2026 de 05/04/2026 RGE Brasil)

30 de agosto de 2026

Publicado en 30 de agosto de 2026

Caros hermanos,
La paz de Dios.

Desde el año 1932, el Señor hizo saber a Sus siervos, a través de algunos jóvenes, que se constituyera una orquesta para ejecutar los himnos en nuestros servicios divinos, con el objetivo de ayudar a la hermandad a cantar los himnos.

Años más tarde, fue recopilado y publicado un documento con las instrucciones reglamentarias de la orquesta.

En dicho documento están definidas, entre otras directrices, las normas disciplinarias para quienes deseen formar parte de este grupo.

Estas normas establecen los requisitos técnicos que deben cumplirse, tales como la admisión de hermanos que toquen instrumentos permitidos, la afinación del instrumento según las instrucciones del encargado local o regional de orquesta.

Del mismo modo, tenemos normas de carácter disciplinario, que establecen los modos de comportamiento indicados en el Reglamento en lo que respecta a la vestimenta y la presentación personal, sin excesos, dentro de los criterios establecidos por el Consejo de los ancianos más antiguos.

Recordamos, también, la obligación asumida por estos hermanos y hermanas en el momento de su presentación, de participar con asiduidad en los cultos y los ensayos, denotando así su dedicación al cargo, su respeto por el rito de nuestros cultos y su reverencia hacia la Palabra de Dios.

Las grabaciones y publicaciones en redes sociales y medios de comunicación de himnos de nuestro Himnario, ajenas a la partitura divulgada por la Congregación Cristiana en Brasil y las que en otros países, profesan la misma fe y doctrina, no son compatibles con quienes ocupan cargos, funciones y el ministerio. Se consideran como tales aquellas grabaciones que contienen cualquier arreglo, modificación, adorno o floreo añadidos en nuestros himnos, ya que desvirtúan el sentido sagrado para el que fueron compuestos.

Además, si el Consejo de ancianos evalúa y considera que algún hermano músico o hermana organista ha perdido el testimonio requerido en su conducta cristiana para formar parte de nuestra orquesta y, a pesar de haber sido ya aconsejado, sigue insistiendo en tocar en las iglesias, el anciano responsable de la casa de oración, en comunión con el Ministerio local, deberá actuar de acuerdo con las instrucciones de dicho Consejo.

Los músicos y organistas tienen la obligación de cumplir todas las instrucciones contenidas en el Reglamento de las Orquestas de la Congregación Cristiana; esto supone, ante todo, temor y obediencia a Dios.

Vuestros hermanos en Jesucristo
Consejo de los ancianos más antiguos